
Permiso de vertido de aguas oleaginosas para obtener el Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF)
Boletín Semanal: 14-18 marzo 2022
Los establecimientos comerciales deben obtener y renovar el Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF), normalmente otorgado por plazos de 5 años por parte del Ministerio de Salud.
Recientemente se comentó sobre la importancia de contar con un Programa de Salud Ocupacional, un Plan de Atención de Emergencias y un Programa de Manejo Integral de Residuos.
Adicionalmente se requiere contar con un sistema recolector y separador de aguas oleaginosas provenientes de las zonas de pistas y de almacenamiento, conocidas en las estaciones de servicio como trampas de aguas oleaginosas.
Las trampas de aguas oleaginosas deben estar diseñadas bajo lo establecido en el artículo 16.10.4 del decreto ejecutivo 30131 MINAE-S.
Dentro de los requisitos de operación se debe presentar un Reporte Operacional ante el Ministerio de Salud y realizar previamente una limpieza de las trampas de oleaginosas, esto como una buena práctica para garantizar resultados favorables en el análisis de aguas del reporte operacional. Esto se realiza cada seis meses.
Las aguas provenientes de las trampas de oleaginosas deben ser dispuestas según lo establecido en el decreto ejecutivo 33601 MINAE-S “Reglamento de vertido y reusó de aguas”. Este ofrece solamente las siguientes opciones:
- Vertido a un cuerpo receptor (río, lago, mar, etc). A través de una tubería exclusiva para este fin.
- Vertido a un sistema de alcantarillado sanitario.
- Vertido de aguas para reusó (bajo criterios específicos).
- Se excluye de las opciones el sistema de infiltración (drenaje) con el que contaban las estaciones de servicio anteriormente, y deberán adecuarse a la actualidad de la normativa.
Para cualquiera de las opciones se debe cumplir con valores fisicoquímicos máximos. Comprobables a través del Reporte Operacional.
Ahora bien, es importante mencionar que la definición y establecimiento del tipo de vertido debe ser aprobado por la Dirección de Aguas de MINAE. Esto se realiza en una primera ocasión indicando diversos factores sobre el vertido de la estación, y debe ser renovado cada diez (10) años, sin embargo, si durante el análisis del reporte operacional se detectan variaciones en las mediciones o se realizan cambios al vertido, debe actualizarse el permiso de vertidos. Adicionalmente se debe pagar un monto por canon de vertidos cada tres (3) meses.
Los documentos en mención también pueden ser descargados de la página web de la Dirección de Aguas en el siguiente enlace: https://tramites.da.go.cr/
A través de los siguientes pasos, podrá realizar su trámite:
- Ingrese a https://tramites.da.go.cr/
- Pestaña “trámites”.
- “Trámites de expediente en línea”.
- Presione el botón azul “SIPECO” (margen inferior izquierdo).
- Registre sus datos de usuario.
- Ingrese a “catálogo de trámites”.
- Busque el trámite correspondiente.
En caso de dudas o problemas con la plataforma, puede enviar un correo a sipeco_soporte@da.go.cr o llame al teléfono 2103-2637 / 2103-2600 / 2103-2657