
Sobre los nuevos lineamientos de ARESEP y su cumplimiento
Boletín Semanal: 12-16 Julio 2021
En febrero pasado se publicaron los nuevos lineamientos para estaciones de servicio por parte de ARESEP. En este momento la Cámara se encuentra en un proceso legal con el Ente Regulador por este tema, sin embargo, este proceso no suspende la obligatoriedad de cumplimiento de los mismos.
Como se ha indicado estos lineamientos hacen referencia a verificaciones de calidad y cantidad por parte de un laboratorio acreditado, que para estos efectos y en la actualidad solamente cumple el Centro de investigación en electroquímica y energía química (CELEQ).
Se establecen dos transitorios para la entrada en vigencia de las pruebas de calidad y cantidad.
TRANSITORIO II. — La entrada en vigencia del lineamiento del Por Tanto numeral 2 inciso xv, referente a la presentación de certificados de inspección para los resultados de verificación de calibración, iniciará a partir del 01 de octubre de 2021.
TRANSITORIO III. — La entrada en vigencia del lineamiento del Por Tanto numeral 2 inciso xvi, referente a la presentación de certificados de análisis de producto luego de limpieza de tanques, iniciará a partir del 01 de junio de 2021.
También se establecen períodos máximos diferenciados para la presentación de dichos certificados:

Dichas fechas corresponden al plazo máximo otorgado para la presentación de los certificados de calidad y cantidad, sin embargo, no alteran el cronograma normal establecido y seguido en cada estación de servicio para la limpieza de tanques y presentación de certificados. (Ejemplo: Una estación ubicada en Alajuela en cuyo cronograma correspondía presentar certificados de calibración y limpieza de tanques en el mes de enero y julio para el primer y segundo semestre del año, mantiene esas fechas, no precisa presentar hasta mayo y noviembre).
Esta semana, ARESEP envió el oficio OF-0539-IE-2021 ampliando información para la presentación de certificados.
En dicho documento se especifica para las estaciones de San José y Alajuela:
- “En los casos en que, el proceso de calibración de surtidores se haya realizado entre los meses de junio a septiembre del 2021 (incluyendo ambos meses), al no estar en vigencia todavía el cumplimiento del lineamiento del Por Tanto numeral 2 inciso xv., las estaciones de servicio deberán de remitir el certificado de calibración de surtidores emitido por la empresa encargada del proceso al correo estaciones@aresep.go.cr. En dicho certificado deberá de constatar la fecha exacta en la que se llevó a cabo el proceso. El cumplimiento de este punto los excluye de la presentación del certificado para el segundo semestre del año 2021. Esto es exclusivo para el año 2021, debido a la 12 de julio de 2021 publicación de la resolución y los transitorios aplicados. A partir del año 2022 las estaciones de servicio de estas provincias deberán de cumplir con los plazos estipulados en la resolución RE-0008-IE-2021.”
También para las estaciones de servicio ubicadas en las provincias de Puntarenas, Guanacaste, Heredia, Cartago y Limón:
- “Si realizaron sus procesos de calibración de surtidores, entre los meses de enero a agosto de 2021 (incluyendo ambos meses), no deben de remitir ninguna información adicional, al no encontrarse en vigor el lineamiento del Por Tanto numeral 2 inciso xv.”
Entendido eso, aquellas estaciones de servicio que, por su cronograma normal, presenten sus certificados de calibración de dispensadores antes del 01 de octubre del 2021, podrán omitir la contratación de verificaciones de cantidad (“serafineo”) ante CELEQ, esto debido a que se encuentran antes de la entrada en vigor del Por tanto numeral 2 inciso xv, referente a la presentación de certificados de inspección para los resultados de verificación de calibración. Sin embargo, no deben olvidar enviar sus certificados de calibración de surtidores emitido por la empresa encargada del proceso al correo estaciones@aresep.go.cr . En dicho certificado deberá de constatar la fecha exacta en la que se llevó a cabo el proceso, la cual se encuentre antes del 01 de octubre del 2021, caso contrario, deben contratar y realizar los servicios de verificación de calidad y también de cantidad con CELEQ.
Ante cualquier consulta o comentario el departamento de ingeniería se pone a su disposición para brindar su apoyo. Puede contactar al Ing. Pablo Guzmán Trejos. Teléfono 2232-4575 o correo pguzman@empresariosdelcombustible.com.