Entró a regir ley para ampliar la reducción de jornadas de trabajo tres meses más
Boletín Semanal: 11 – 15 de enero del 2021
Luego de ser aprobada en segundo debate en la Asamblea Legislativa el martes 12 de enero, el presidente de la República, Carlos Alvarado, firmó la Ley N.º 9937, la cual les permite a los patronos que demuestren que aún son golpeados económicamente por la pandemia solicitar una prórroga de tres meses en la reducción de jornadas de trabajo de sus trabajadores.
Desde marzo del año pasado, existe la posibilidad de reducir las jornadas de trabajo de los trabajadores por un periodo de 3 meses, prorrogable por un máximo de 9 meses. Dicho periodo finalizó el 31 de diciembre del 2020, con la aprobación de esta nueva prórroga esta misma medida se puede aplicar en los meses de enero, febrero y marzo del 2021.
Para la aplicación de esta prórroga se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Debe demostrar que la empresa tiene afectación en sus ingresos por la pandemia.
- Será obligatorio que el patrono haya mantenido en sus empleos a las personas sujetas a la reducción de la jornada, a quienes se les pretenda ampliar el plazo.
- El Ministerio de Trabajo solo podrá autorizar la prórroga cuando los empleadores no hayan abusado de los mecanismos establecidos para esa reducción de la jornada y que hayan incumplido la legislación laboral.
- El patrono tendrá prohibido establecer horarios laborales fraccionados a sus empleados o pagar horas extra a otros trabajadores, en vez de reincorporar a las personas con jornada reducida.
Este Ministerio de Trabajo ha sido enfático en que el término de las prórrogas depende exclusivamente del momento en que el patrono inició la aplicación de la medida, una vez que les informó a las personas trabajadoras afectadas, y se realizó el trámite respectivo ante la inspección laboral.